Fuente: old.usm.cl |
1. COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA
Es una persona jurídica de derecho público, funcionalmente descentralizada y autónoma, que se relaciona directamente con la Presidenta de la República. Su función es elaborar y coordinar los planes, políticas y normas necesarias para el buen funcionamiento y desarrollo del sector energético nacional, velar por el cumplimiento y asesorar a los organismos de Gobierno en todas aquellas materias relacionadas con la energía.
Particularmente, en el sector eléctrico, la CNE es responsable de diseñar normas del sector y de calcular los precios regulados que la legislación ha establecido. Actúa como ente técnico, informando al Ministerio de Economía cuando se plantean divergencias entre los miembros de los Centros de Despacho Económico de Carga (CDEC), a objeto de que dicho ministerio resuelva.
2. MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Es el ministerio encargado de fomentar la modernización de la estructura productiva del país, el fortalecimiento y expansión de la economía chilena y su inserción activa en los mercados internacionales. Con este objetivo implementa mecanismos destinados a corregir las distorsiones de los mercados y a ampliar su transparencia.
En el sector eléctrico, es el encargado de fijar las tarifas de distribución eléctrica, los precios de nudo y de resolver los conflictos entre los miembros de los CDEC en todos los casos, previo informe de la CNE. Además, otorga las concesiones definitivas, previo informe de la SEC.
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3. SUPERINTENDENCIA DE ELECTRICIDAD Y COMBUSTIBLES
Es el organismo encargado de fiscalizar y supervigilar el cumplimiento de las leyes, reglamentos y normas técnicas sobre generación, producción, almacenamiento, transporte y distribución de combustibles líquidos, gas y electricidad.
La SEC es el responsable técnico de otorgar concesiones provisionales y de informar al Ministerio de Economía, Fomento y Turismo sobre las solicitudes de concesión definitivas que se refieran a la distribución de electricidad y a la instalación de centrales hidráulicas, subestaciones eléctricas y líneas de transmisión (la solicitud de concesión definitiva no es obligatoria en estos últimos tres casos). Asimismo, la SECes responsable de verificar la calidad de los servicios prestados.
4. SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS
Es el organismo encargado de fiscalizar el cumplimiento de las leyes, reglamentos y normas que rigen a las personas que emiten o intermedian valores de oferta pública, las bolsas de valores, los fondos mutuos, las sociedades anónimas y las empresas de seguros.
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5. LAS MUNICIPALIDADES
Participan en la regulación del sector eléctrico otorgando los permisos para las líneas de transporte de electricidad no sujetas a concesión crucen las calles, otros bienes nacionales de uso público u otras líneas eléctricas.
Además, en el caso de los sistemas eléctricos con capacidad instalada menor a 1.5 MW, las municipalidades negocian con las empresas concesionarias de distribución respectiva de las tarifas y la calidad del suministro.
6. CENTROS DE DESPACHO ECONÓMICOS DE CARGA (CDEC)
Son organismos son persona jurídica, integrados por las principales empresas generadoras de cada sistema eléctrico, que regulan el funcionamiento coordinado de las centrales generadoras y líneas de transición que funcionan interconectadas con el correspondiente sistema eléctrico.